Pensando y pensando me ha surgido una duda respecto a la implantación del nuevo IVA y la facultad de aplicarla con los actuales programas de facturación existentes en el mercado. Pues bien, mientras pensaba me ha llegado un email que confirma mis dudas, que el software de facturación existente actualmente sin modificación alguna no es capaz de aplicar en el mismo ejercicio dos tipos de IVA distintos, el del 16%, vigente actualmente, y el del 18%, vigente a partir del próximo mes de julio.
Consultando un poquito por Internet me he encontrado con que es una duda bastante generalizada y cuya solución a estas alturas parece ser que todavía no llega de manos de los fabricantes de software.
Otras dudas que también me planteo son las siguientes. Imaginaros el hecho de que en el mes de junio se realice un albarán cuya facturación se realizará en julio, ¿A qué tipo de IVA tendría que facturar? Respondiéndome a esta pregunta yo diría que al 18% pero... y si, rizando un poco más el rizo, tengo que abonar en julio una factura hecha al 16% en junio, ¿a qué tipo de IVA la tengo que abonar? Se supone que se hizo al 16% y que lo que tendríamos que realizar es una factura rectificativa al mismo 16%. Pero ojo, todo esto son todavía suposiciones porque habrá que ver como se pronuncia la Agencia Tributaria al respecto de todos estos problemas, lo que nos guiará un poco más en todo este caos. De momento si hacemos caso a los expertos y a la normativa reguladora a efectos de facturación las respuestas dadas serían las correctas pero debemos ser prudentes y esperar cuales son las pautas que marca la Agencia Tributaria al respecto.
Después de lo dicho solo nos queda esperar a que los fabricantes del software de facturación se pongan las pilas para darnos una solución a este futuro problema y que por parte de la Agencia Tributaria nos lleguen las pautas correctas para evitar cometer errores de facturación a partir de julio de este año.
Yo ya me estoy preparando, y tú... ¿Estás preparad@?
Consultando un poquito por Internet me he encontrado con que es una duda bastante generalizada y cuya solución a estas alturas parece ser que todavía no llega de manos de los fabricantes de software.
Otras dudas que también me planteo son las siguientes. Imaginaros el hecho de que en el mes de junio se realice un albarán cuya facturación se realizará en julio, ¿A qué tipo de IVA tendría que facturar? Respondiéndome a esta pregunta yo diría que al 18% pero... y si, rizando un poco más el rizo, tengo que abonar en julio una factura hecha al 16% en junio, ¿a qué tipo de IVA la tengo que abonar? Se supone que se hizo al 16% y que lo que tendríamos que realizar es una factura rectificativa al mismo 16%. Pero ojo, todo esto son todavía suposiciones porque habrá que ver como se pronuncia la Agencia Tributaria al respecto de todos estos problemas, lo que nos guiará un poco más en todo este caos. De momento si hacemos caso a los expertos y a la normativa reguladora a efectos de facturación las respuestas dadas serían las correctas pero debemos ser prudentes y esperar cuales son las pautas que marca la Agencia Tributaria al respecto.
Después de lo dicho solo nos queda esperar a que los fabricantes del software de facturación se pongan las pilas para darnos una solución a este futuro problema y que por parte de la Agencia Tributaria nos lleguen las pautas correctas para evitar cometer errores de facturación a partir de julio de este año.Yo ya me estoy preparando, y tú... ¿Estás preparad@?



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